COMUNICADO
La Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), hace saber a la población en general y al sector telecomunicaciones en particular, que con el objetivo de combatir la prestación ilegal de servicios de telecomunicaciones y la competencia desleal, ha establecido las siguientes tasas para que los Operadores de Servicios Públicos de Telecomunicaciones obtengan su respectivo Título Habilitante ante esta institución:
Para el Servicio de Internet o Acceso a Redes Informáticas
- Derecho de solicitud: Gratuito
- Derecho de Registro: L. 100.00
Para el Servicio de Televisión por Suscripción por Cable
- Derecho de Permiso en zonas urbanas: L: 1,110.00
- Derecho de Permiso en zonas rurales: L. 444.00
Para tal fin, se exhorta a las empresas que actualmente brindan estos servicios sin la correspondiente autorización, a presentar la solicitud ante CONATEL y regularizar su Operación; evitando incurrir en sanciones del orden administrativo y penal, por no contar con el respectivo Título Habilitante.
Lic. Lorenzo Sauceda Calix |
Comisionado Presidente |
CONATEL |
Comayagüela, M. D.C. 22 de abril del 2024. |